Nota de prensa
FORO SALUD DEMANDA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 29414, CONFORMA COMITÉ DE VÍCTIMAS Y EXIGE REPARACIÓN INMEDIATA A LAS VÍCTIMAS DE NEGLIGENCIAS. RECHAZAMOS EL SOAT MÉDICO Y APOYAMOS CRACIÓN DE FONDO DE REPARACIONES.
El Foro de la Sociedad Civil en Salud, frente a la crisis sanitaria nacional hoy expresada en la aparición de un cúmulo de denuncias sobre posibles negligencias en los establecimientos de EsSalud, MINSA y privados, manifiesta lo siguiente.
- La urgencia y extensión de los casos aparecidos exige la conformación de una Comisión Investigadora plural, con participación de las víctimas o sus familiares, para así ir determinando responsabilidades y salidas a cada caso particular.
- En ese contexto ForoSalud y la Red Nacional de Pacientes están constituyendo un Comité Nacional de personas afectadas por negligencia medidas, con el objetivo de desarrollar un conjunto de acciones a nivel nacional para lograr su reparación, acceso a justicia y participación efectiva en la reforma del sistema de salud, que es el que ocasiona gran parte de los daños.
- En esa orientación, consideramos innecesario el establecimiento de un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Médica (SOAT Médico), ya que esta propuesta postergaría el plazo para acceder a una justa reparación a los pacientes, debido a que éstos se tendrían que enfrentar a los abogados de las aseguradores que harán lo posible para no pagar indemnizaciones, o establecerán topes indemnizatorios que no cubrirán las necesidad generadas, tal como sucede con el SOAT vehicular.
- En concordancia con ello, exigimos que se proceda a la reglamentación de la única ley en el ordenamiento legal del país, que incorpora expresamente las responsabilidades, consecuencias, mecanismos y sistema de protección de los derechos en salud que le caben a todo ciudadano. La ley 29414 de derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, aprobada por unanimidad en el Congreso de la República y promulgada el tres de octubre de 2009, es el instrumento que una vez reglamentado, permitirá un marco legal idóneo para la reparación de los daños producidos y protección de los usuarios.
- El reglamento de la ley 29414, deberá establecer:
1. La conformación de un fondo de reparaciones que pueda ser utilizado por los establecimientos de salud para la reparación inmediata al daño producido, y así evitar que el propio afectado deba asumir un nuevo costo para recuperar su salud.
2. Estipular el procedimiento a seguir para lograr una indemnización (de ser el caso) oportuna y justa; procedimiento que deberá ser aplicado por una instancia en la que los pacientes afectados estén representados debidamente.
3. Deberá permitir la implementación real de un sistema de protección de derechos que desde el nivel primario llegue hasta el nivel más alto de los prestadores de salud, incluyendo a EsSalud, MINSA y privados.
- Si bien requerimos con carácter de urgencia brindar al país una salida política y jurídica oportuna, esto no debe llevar a un apresuramiento que impulse la creación de un Seguro de Responsabilidad Médica, que tal y como está planteado por el Poder Ejecutivo, sólo favorecería a intereses privados alejados de los objetivos que el país debe establecer para la salud pública.
Es necesario anteponer a toda consideración económica, profesional o comercial, el derecho de peruanos y peruanas a recibir una atención de salud de oportuna y de calidad, que implica un trato digno y el cumplimiento escrupuloso de la normativa nacional, sectorial y operativa para así reducir al máximo la aparición de eventos adversos.
Teniendo en cuenta lo señalado, es claro que lo que el país requiere es ir hacia una reforma sanitaria que trabaje de forma integral las modificaciones necesarias para el establecimiento de un ordenamiento cuya perspectiva sea el acceso universal, integral y con dignidad a salud. Ello implica elevar sustancialmente las condiciones en que los profesionales de la salud desarrollan su trabajo en la actualidad, en muchos casos en las más precarias condiciones.
Foro de la Sociedad Civil en Salud
FORO SALUD DEMANDA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 29414, CONFORMA COMITÉ DE VÍCTIMAS Y EXIGE REPARACIÓN INMEDIATA A LAS VÍCTIMAS DE NEGLIGENCIAS. RECHAZAMOS EL SOAT MÉDICO Y APOYAMOS CRACIÓN DE FONDO DE REPARACIONES.
El Foro de la Sociedad Civil en Salud, frente a la crisis sanitaria nacional hoy expresada en la aparición de un cúmulo de denuncias sobre posibles negligencias en los establecimientos de EsSalud, MINSA y privados, manifiesta lo siguiente.
- La urgencia y extensión de los casos aparecidos exige la conformación de una Comisión Investigadora plural, con participación de las víctimas o sus familiares, para así ir determinando responsabilidades y salidas a cada caso particular.
- En ese contexto ForoSalud y la Red Nacional de Pacientes están constituyendo un Comité Nacional de personas afectadas por negligencia medidas, con el objetivo de desarrollar un conjunto de acciones a nivel nacional para lograr su reparación, acceso a justicia y participación efectiva en la reforma del sistema de salud, que es el que ocasiona gran parte de los daños.
- En esa orientación, consideramos innecesario el establecimiento de un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Médica (SOAT Médico), ya que esta propuesta postergaría el plazo para acceder a una justa reparación a los pacientes, debido a que éstos se tendrían que enfrentar a los abogados de las aseguradores que harán lo posible para no pagar indemnizaciones, o establecerán topes indemnizatorios que no cubrirán las necesidad generadas, tal como sucede con el SOAT vehicular.
- En concordancia con ello, exigimos que se proceda a la reglamentación de la única ley en el ordenamiento legal del país, que incorpora expresamente las responsabilidades, consecuencias, mecanismos y sistema de protección de los derechos en salud que le caben a todo ciudadano. La ley 29414 de derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, aprobada por unanimidad en el Congreso de la República y promulgada el tres de octubre de 2009, es el instrumento que una vez reglamentado, permitirá un marco legal idóneo para la reparación de los daños producidos y protección de los usuarios.
- El reglamento de la ley 29414, deberá establecer:
1. La conformación de un fondo de reparaciones que pueda ser utilizado por los establecimientos de salud para la reparación inmediata al daño producido, y así evitar que el propio afectado deba asumir un nuevo costo para recuperar su salud.
2. Estipular el procedimiento a seguir para lograr una indemnización (de ser el caso) oportuna y justa; procedimiento que deberá ser aplicado por una instancia en la que los pacientes afectados estén representados debidamente.
3. Deberá permitir la implementación real de un sistema de protección de derechos que desde el nivel primario llegue hasta el nivel más alto de los prestadores de salud, incluyendo a EsSalud, MINSA y privados.
- Si bien requerimos con carácter de urgencia brindar al país una salida política y jurídica oportuna, esto no debe llevar a un apresuramiento que impulse la creación de un Seguro de Responsabilidad Médica, que tal y como está planteado por el Poder Ejecutivo, sólo favorecería a intereses privados alejados de los objetivos que el país debe establecer para la salud pública.
Es necesario anteponer a toda consideración económica, profesional o comercial, el derecho de peruanos y peruanas a recibir una atención de salud de oportuna y de calidad, que implica un trato digno y el cumplimiento escrupuloso de la normativa nacional, sectorial y operativa para así reducir al máximo la aparición de eventos adversos.
Teniendo en cuenta lo señalado, es claro que lo que el país requiere es ir hacia una reforma sanitaria que trabaje de forma integral las modificaciones necesarias para el establecimiento de un ordenamiento cuya perspectiva sea el acceso universal, integral y con dignidad a salud. Ello implica elevar sustancialmente las condiciones en que los profesionales de la salud desarrollan su trabajo en la actualidad, en muchos casos en las más precarias condiciones.
Foro de la Sociedad Civil en Salud